Cuerpo

Artículo 1) Facultase a la ASOSIACIÓN COOPERADORA “GIMNACIO CIUDAD DE TRELEW”, a percibir por el derecho al uso del Gimnasio para espectáculos artísticos o deportivos la suma equivalente al diez por ciento (10%) de las entradas vendidas para la realización del espectáculo.

Artículo 2) En todo caso e independientemente de la suma resultante de lo dispuesto por el artículo anterior, el solicitante, en oportunidad de reservar el Gimnasio para determinada fecha deberá abonar la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000).

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RESERVAR la denominación del Gimnasio de la Pista de Atletismo de Trelew por el de “HUGO OSCAR SANTOS”, hasta que se cumplan los plazos estipulados por el Art. 19.24 de la Carta Orgánica Municipal, en virtud de su vasta trayectoria como deportista, conforme solicitud que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro): ASÍGNESE el nombre del “Gimnasio N°2 Francisco José SANCHEZ”, al Gimnasio Municipal ubicado en la calle Moreno y Ricardo Berwin de esta ciudad según las medidas y lindantes que obran en la Dirección de Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Trelew.-

ARTÍCULO 2do.): La  presente  Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación

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ARTÍCULO 1°) RATIFICASE en todos sus términos a excepción del Artículo 4°) la Resolución N° 000225/92, dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal Ad-Referendum en este Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 2°) DEROGASE el Artículo 4°) de la Resolución N° 000225/92.

ARTÍCULO 3°) La Resolución mencionada forma parte de esta Norma Legal integrándose como Anexo-UNO-.

ARTÍCULO 4°) La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su PROMULGACIÓN.

ANEXO I

Resolución Municipal N° 000225/92

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Artículo 1°) Los Establecimientos donde se enseñen o practiquen actividades físicas serán clasificados según el siguiente detalle:

a) Gimnasios: Cuando su actividad especifica esté relacionada con cualquiera de las actividades físicas: gimnasia, deportes, etc.; excepto aquellas expresamente señaladas en el inciso b).

b) Institutos: Cuando su actividad específica esté destinada a la enseñanza de Artes Marciales, Hatha Yoga, o similar, con exclusión de las expresadas en el inciso anterior.

Cuerpo

Artículo 1.- Facultase a la Cooperadora del Gimnasio "Ciudad de Trelew", a utilizar los fondos provenientes de la publicidad que se efectúa en el Gimnasio. 

Artículo 2.- La Cooperadora del Gimnasio Ciudad de Trelew, rendirá anualmente informe contable y detallado relacionado con los fondos recibidos con motivo de lo dispuesto por el Artículo 1, y su afectación. 

Cuerpo

Articulo 1°) RECONOCER a la Asociación Cooperadora Gimnasio "Ciudad de Trelew" y a sus Estatutos aprobados en la Asamblea General realizado el día 18 del corriente y que forman parte Anexa de la presente Ordenanza. 

Articulo 2°) Reconocer oficialmente a la Comisión Directiva de la Asociación Cooperadora Gimnasio "Ciudad de Trelew" elegida de conformidad a los Estatutos. 

Cuerpo

Artículo 1.- Los púgiles aficionados que con carácter de asistentes regulares concurren diariamente a las instalaciones del Gimnasio Municipal "Ciudad de Trelew", adquieren a partir del día de la fecha (25-1-80) y mientras detenten  su carácter de boxeadores amateurs, relación de dependencia deportiva para con la Dirección Municipal de Deportes.