Cuerpo

Artículo 1.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a iniciar con la mayor urgencia posible, la construcción de rampas de acceso especiales para discapacitados, en todas las Dependencias Municipales citada en el considerando precedente y en todas las demás en las que, a juicio del Departamento Ejecutivo Municipal, se haga necesaria la obra. 

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ARTÍCULO 1ro.): SERA AUTORIDAD de aplicación de la Ley Nro. 3764 la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE TRELEW, que tendrá la funciones de enlace entre las distintas Secretarías, Coordinaciones, Direcciones, programas y Subprogramas, teniendo a su cargo el deber de facilitar el acceso a la información en los plazos y condiciones establecidos por la Ley Nro. 3764.

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ARTÍCULO 1ro.):CRÉASE en el ámbito de la Municipalidad de Trelew el programa cultural “Teatro Inclusivo” a fin de generar la igualdad de derechos en el acceso a las actividades culturales-teatrales, a las personas con diversidad sensorial.

ARTÍCULO 2do.): El programa consistirá en la creación de obras  teatrales adaptadas para niños, niñas y adultos con discapacidad auditiva.

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ARTÍCULO 1ro.): IMPLEMÉNTESE en la ciudad de Trelew los "Espacios de Aire Limpio" que conlleva la consecuente prohibición del consumo y/o uso de cigarrillos tradicionales y los sistemas electrónicos de administración de nicotina en todo lugar cerrado de acceso público, tanto del ámbito público como privado. 

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ARTÍCULO 1ro.): Exceptuase a las personas con discapacidad del pago  de derechos de admisión a los espectáculos públicos, deportivos, conciertos, muestras, obras teatrales, exposiciones y a cualquier otra actividad artística, cultural o recreativa de acceso irrestricto, debidamente autorizada por la autoridad competente y que se brinden en nuestra ciudad, sean estos espectáculos auspiciados  u organizados por el Estado Municipal, Organismos Descentralizados o Autárquicos, Entes Públicos, Empresas Privadas o Concesionarias, en pie de igualdad con las demás personas