Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE el Registro de Desfibriladores Externos Automáticos (DEAs), el ejido de Trelew, a efectos de la inscripción por parte de las entidades públicas y privadas que cuenten con al menos un DEA, entendiendo por tal aquel dispositivo destinado a analizar el ritmo cardíaco, identificar arritmias mortales pasibles de desfibrilar por una descarga eléctrica con la finalidad de restablecer el ritmo cardíaco en un plazo menor a tres (3) minutos.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DECLARAR de interés municipal el Proyecto ''Trelew Ciudad de Cuidados", cuya Síntesis se adjunta como Anexo I a la presente y el cual apunta a valorizar el acceso al servicio de cuidados como un derecho que debe ser promovido.

ARTÍCULO 2do.): MODIFICAR el Artículo 1ro de la Ordenanza 13.104/ 19, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Derogase la Ordenanza N° 8217/2002 en todos sus términos.

ARTÍCULO 2do.): Adhiérase en todos sus términos a la Ley Provincial Nro. 5226 aprobada el 21 de septiembre de 2004, que Crea  El “Programa de Desarrollo e Incentivo Artesanal” (Prodia); El “Registro Provincial de Entidades Artesanales” el “Fondo de Fomento Artesanal” y deroga la Ley 4292.

ARTICULO 3ro.): La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Las Organizaciones No Gubernamentales, Asociaciones y/u Organizaciones de bien Público que perciban aportes públicos originados en Ordenanzas en vigencia o a dictarse en el futuro, con excepción de lo dispuesto por la Ordenanza 4607/93, deberán efectuar en forma anual la rendición ante el Tribunal de Cuentas Municipal, en las formas y condiciones previstas de la Legislación vigente.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro): CRÉASE el Concejo Municipal de Discapacidad que actuará como órgano asesor autónomo, no burocrático, consultivo del Poder Ejecutivo Municipal en ejercicio de sus facultades privativas, con las funciones que le confiere la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2do.): El Consejo Municipal de Discapacidad estará integrado por los siguientes miembros, con carácter ad-honorem y con su respectivo suplente: